Proceso y Cumplimiento
Sí. Un inversionista no residente puede suscribir acciones del SPV. La transferencia de fondos desde el exterior debe canalizarse por el mercado cambiario colombiano, con su declaración de cambio.
Para el inversionista: los dividendos pueden estar sujetos a retención en la fuente para no residentes, según los convenios de doble tributación vigentes. La instrucción de pago internacional está disponible en la plataforma.